A través de un comunicado, la Secretaria de Seguridad Urbana, Medio Ambiente y Desarrollo Productivo de la Municipalidad de Montecarlo recordó a la población que se encuentra en plena vigencia la Ordenanza 086/2015 en el que se prohíbe la tenencia, fabricación, depósito y venta al público, mayorista o minorista para uso particular, de cualquier tipo de pirotecnia o cohetería, permitiéndose únicamente pirotecnia con efecto luminosos, en todo el territorio del municipio de Montecarlo.

Con la aclaración establecido en el Art. 505. donde queda prohibido dentro de los límites del ejido Municipal causar y/o producir ruidos innecesarios o excesivos que propagándose por vía aérea o sólida, afecten o sean capaces de afectar al público, ya sea en ambientes públicos o privados, cualquiera fuere la jurisdicción que sobre esto se ejercite y el acto, hecho o actividad de que se trate.

Y para cerrar, la advertencia en caso de hacer caso omiso quedara sujeto a la Ord. N° 42/12 Cód.4.39 dónde indica la causa judicial por la infracción correspondiente.